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Testamento en la Florida

28.10.2013 |

Parte I

Esta semana les comenzare a escribir sobre los testamentos en el Estado de la Florida. Un testamento es un documento que establece la disposición de los bienes después de la muerte. Las leyes de cada estado establecen los requisitos formales para redactar un testamento legal. En Florida existen seis requisitos:
 
1) Usted, la persona que redacta el testamento (llamado testador), debe tener por lo menos 18 años de edad.

2) Debe tener pleno uso de sus facultades mentales al momento de firmar su testamento. 

3) Su testamento debe ser redactado por escrito.

4)El testamento deberá incluir los testigos y ser notariado como es regulado especialmente en la ley testamentaria. 

5) Es necesario cumplir exactamente con las formalidades requeridas para el otorgamiento de un testamento.

6) Para que tenga efecto, el tribunal competente en sucesiones debe recibir pruebas y homologar el testamento. Ningún testamento queda firme sino hasta la muerte del testador y el testador puede modificarlo o hacerle agregados mediante la redacción de un nuevo testamento o de un "codicilo", que es simplemente un agregado o modificación otorgada con las mismas formalidades de un testamento. Los términos del testamento no pueden ser modificados escribiendo algo o tachando algo después de su otorgamiento.

De hecho, si se escribe algo en el testamento después de su otorgamiento, esto podría invalidar el testamento en formal total o parcial.

Una pregunta que siempre los clientes me hacen en la consulta es .. Que se puede hacer mediante un testamento? Y para simplificar la respuesta les daré siete cortas respuestas :

1. Usted decide quién recibirá sus bienes en lugar de que la ley haga esa elección por usted. 

2. Usted puede nombrar al representante personal (albacea) de su testamento, con la condición de que el albacea designado cumpla con los requisitos impuestos por las leyes de Florida. El representante personal es quien administra el patrimonio y puede ser una persona física, un banco o una compañia fiduciaria, con sujeción a ciertas limitaciones. 

3. En un testamento se puede crear un fideicomiso, por medio del cual el patrimonio o una parte del patrimonio se mantendrá intacto y se distribuirán o acumularán ganancias en beneficio de los familiares o de terceros. Con el fideicomiso, se puede proteger a los menores sin incurrir en el gasto que implican los procedimientos de tutela de los bienes. 

4. Se pueden vender bienes inmuebles y otros activos sin ningún procedimiento judicial, si usted así lo autoriza de manera adecuada en su testamento. 

5. Usted puede hacer donaciones caritativas que sean efectivas al momento de su muerte o después de su muerte. 

6. Usted, y no la ley, decide quién debe pagar los impuestos. 

7. Puede designar un tutor para los hijos menores. Ninguna persona sensata acudiría "simplemente a cualquiera" para que le arreglen una muela, para que le extirpen el apéndice o para que la asistan en un parto.

Si usted esta pensando en dejar un testamento, tenga en cuenta que la redacción del mismo implica tomar decisiones que requieren el juicio profesional que puede ser obtenido sólo a través de años de capacitación, experiencia y estudio.

Sólo un abogado en ejercicio puede evitar las innumerables dificultades y aconsejar cuál es el mejor curso a seguir en cada situación en particular; No existe tal cosa como un "testamento simple". Incluso los patrimonios más pequeños pueden tener complejidades que sólo puede prever un abogado con experiencia. 

Continuara..



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