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Muchas personas que no viven en Argentina pero que han hecho aportes en el país se preguntan si pueden hacerlos valer alguna vez. Como Argentina no tiene convenio de reciprocidad jubilatoria con Estados Unidos, estos aportes no pueden hacerse valer para obtener una jubilación extranjera, pero sí para obtener un beneficio de la Seguridad Social en Argentina.
La ley 24.241 es la que rige actualmente en temas de prestaciones de la Seguridad Social. Una de las prestaciones que enumera es la prestación por edad avanzada, justamente apuntada a aquellos que tengan pocos años de aportes. Los requisitos de esta prestación son:
Haber cumplido setenta años de edad, cualquiera fuera su sexo. Reunir diez años de servicios con aportes, ya sea bajo relación de dependencia o como autónomo, o entre ambos regímenes. De los diez años de aportes, por lo menos cinco deben haber sido trabajados durante los últimos ocho años anteriores al cese de la actividad. Los trabajadores autónomos deberán acreditar, además, una antigüedad en la afiliación no inferior a los 5 cinco años.
El goce de esta prestación es incompatible con la percepción de toda jubilación, pensión o retiro civil o militar nacional, provincial o municipal. No obstante, es factible percibir dicha prestación siempre y cuando renuncie a las otras prestaciones. Para poder tramitarla es necesario que se presenten en la oficina local de Anses (se puede hacer a través de un apoderado) la siguiente documentación debidamente certificada por el Consulado del país donde se reside.
_Si la persona tiene aportes autónomos, debe presentar el SICAM (se confecciona desde la página de AFIP www.afip.gov.ar). Para esto es necesario disponer de clave fiscal, que si tiene pagos recientes la puede obtener en la misma página. Si no, debe tramitarla con un gestor en Argentina. No es necesario que el Sicam esté certificado por el Consulado.
_ Si la persona trabajó en relación de dependencia, tiene que presentar la documentación que así lo acredite. En el caso de que esos aportes figuren en la sábana de aportes de la Anses, no es necesario presentar esta documentación.
_ Documento argentino y carta poder con los datos del apoderado debidamente certificados por el Consulado (el formulario de carta poder se lo puede bajar de la página de Anses www.anses.gov.ar) Espero que les haya ayudado esta información. ¡Hasta la próxima!
Por Laura Kalerguiz
Twitter: @lkalerguiz