Muchos argentinos que se encuentran viviendo en Estados Unidos no saben cómo hacer para poder cobrar su jubilación o pensión una vez que ésta fue tramitada y acordada. Una opción utilizada comúnmente es la de nombrar un apoderado en la Argentina (generalmente un amigo o un familiar) para que cobre los haberes en su nombre. Para esto, es necesario que cada cuatro meses les envíen un certificado de supervivencia, el cual se tramita y es emitido por el Consulado Argentino en Estados Unidos.

De esta manera, el apoderado puede cobrar y realizar el giro del dinero. Pero también deben tener en cuenta los inconvenientes relacionados con el cepo cambiario vigente y los descuentos que se generan al realizar el cambio de moneda, además de los gastos de transferencia bancaria.

Sin embargo, la figura del apoderado no es imprescindible para que puedan cobrar sus haberes. Para quienes no puedan o no deseen tener alguien que los represente, el Banco Central de la República Argentina tiene una norma que se aplica a estos casos, y dice lo siguiente:

Los beneficiarios de jubilaciones y pensiones que no residan en la Argentina  y que reciben las prestaciones en pesos argentinos en cuentas radicadas en el país, deben dar una instrucción a la entidad bancaria respectiva, para que ésta debite de su cuenta el monto acreditado por pago de la jubilación o pensión,  adquiera los dólares estadounidenses equivalentes y efectúe la transferencia correspondiente a una cuenta en el exterior, en concepto de "transferencia de jubilaciones y pensiones".

La forma en que la entidad bancaria argentina recibe esta instrucción (mandato, poder o equivalente) puede variar de acuerdo a los requisitos que fija cada entidad, atento lo cual se sugiere consultar directamente en la institución argentina donde se reciben los haberes previsionales. 

Los jubilados y pensionados que residen en México, deberán ser titulares de una cuenta bancaria en pesos mexicanos, adonde puedan recibir los fondos que sean transferidos desde la cuenta bancaria argentina. No corresponde para estos casos la apertura de cuentas en dólares estadounidenses en la Argentina .

La normativa vigente en la Argentina permite cambiar pesos argentinos a dólares estadounidenses sin restricciones, cuando el cambio tenga como motivo la transferencia al exterior de "jubilaciones y pensiones".

¡Saludos y hasta la próxima!

 

La normativa que dicta este procedimiento es la Comunicación "A" 5264 del 3.0.2.2012, y "A" 4662 del 11.05.07, y complementarias, del Banco Central de la República Argentina. Este dato lo brindo a fin de que se cite dicha norma en caso de tener algún inconveniente. Espero que les haya sido de utilidad y que puedan cobrar sus haberes argentinos sin problemas en Estados Unidos.

 

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